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2025-01-15 22:33:26 UTC - NOT_HELPFUL
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Original Note:
En España, la ocupación de una vivienda constituye un delito de allanamiento de morada (202.1 Código Penal) que permite a la Policía detener a los infractores si están en delito flagrante. No es necesario ser primera vivienda para constituir morada (STS 587/2020). https://www.conceptosjuridicos.com/allanamiento-de-morada/
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