Birdwatch Note Rating
2025-01-06 16:22:04 UTC - HELPFUL
Rated by Participant: 3F234C6E050E09633AE4E53F7F11D5BA850C93CB98435F4A46DDEBB8CF134AF8
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Original Note:
Efectivamente, es ilegal, segun el art. 34 del Estatuto de los Trabajadores: "Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas". Otras fuentes citadas, como el RD 2001/1983 no ha lugar puesto que está derogado desde hace años. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430
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