Birdwatch Note Rating
2024-11-02 07:24:35 UTC - NOT_HELPFUL
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Original Note:
La Constitución recoge el derecho fundamental de todos los españoles a la libre circulación (artículo 19 CE). Este derecho no puede limitarse por el acuerdo de un comité de emergencias (artículo 55 CE). Por tanto, es una restricción a la movilidad inconstitucional y nula. https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=10&fin=55&tipo=2
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