Birdwatch Note Rating
2024-06-04 12:23:10 UTC - NOT_HELPFUL
Rated by Participant: D6B274F411CCE1C7207909B8A63D98F3783A74FBE9275E1A08922887B09D72A2
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Original Note:
Según el art. 34 del Estatuto de los Trabajadores, "el número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a 9 diarias, y la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual". https://www.boe.es/biblioteca_juridica/abrir_pdf.php?id=PUB-DT-2024-139
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