Birdwatch Note Rating
2023-11-12 21:18:59 UTC - HELPFUL
Rated by Participant: 4854B5A177EEF65CB78D2B0FEACB65266BF5D3AC90B723D7635B0F8561AB32E7
Participant Details
Original Note:
El Presidente en funciones no puede convocar elecciones según el Artículo 21.4 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-25336 A su vez, el Presidente, una vez investido, no podrá convocar elecciones hasta pasado un año de la anterior disolución de las Cortes (Art. 115.3 de la CE). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229
All Note Details